Resolucion sobre términos reservados y prohibidos de dominios ".es" de 16 de Mayo de 2011

Resolucion sobre términos reservados y prohibidos de dominios ".es" de 16 de Mayo de 2011

 

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES POR LA QUE SE MODIFICAN LAS LISTAS DE TÉRMINOS PROHIBIDOS O RESERVADOS PARA LOS NOMBRES DE DOMINIO DE SEGUNDO NIVEL BAJO ".ES"


Carlos Cano Domínguez, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es (en adelante, "RED.ES"), en virtud de lo establecido en la disposición cuarta de la Instrucción del Presidente de RED.ES, de fecha 12 de septiembre de 2005, por la que se aprueban la listas de términos prohibidos o reservados para los nombres de dominio ".es".


CONSIDERANDO


PRIMERO.- El Plan Nacional de Nombres de Dominio bajo el código de país correspondiente a España (".es"), aprobado por la Orden ITC/1542/2005, de 19 de mayo, que aprueba el Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España (".es").


La relación de términos que corresponde a cada una de las listas referidas anteriormente fue aprobada por la Instrucción del Presidente de RED.ES, de fecha 12 de septiembre de 2005, por la que se aprueban las listas de términos prohibidos o reservados para los nombres de dominio de segundo nivel bajo ".es", (en adelante, "Instrucción de 12 de septiembre de 2005").


La primera de las listas, prevista en el párrafo 2º del apartado Séptimo del Plan de Dominios, incluye una relación reducida y actualizada de términos de Internet cuyo uso como nombre de dominio de segundo nivel bajo ".es", al poder generar confusión, está prohibido. La segunda, recogida en el párrafo 3º de la misma disposición, otorga el carácter de reservados a una relación de nombres de dominio de segundo nivel bajo ".es", que no podrán ser objeto de libre asignación, relativos a denominaciones de órganos constitucionales, otras instituciones del Estado y organizaciones internacionales y supranacionales oficialmente acreditadas, que queden libres para la asignación, La tercera y última, según el apartado 4 de la disposición referida anteriormente, corresponde a una relación actualizada de nombres de dominio de segundo nivel bajo ".es" consistentes en topónimos que coincidan con la denominación oficial de Administraciones públicas territoriales y que queden libres para la asignación, que también tendrán el carácter  de reservados y que no podrán ser objeto de libre asignación.


SEGUNDO.- El Presidente de RED.ES, delegó, mediante Resolución de fecha 21 de octubre de 2005, en el Director General de RED.ES las facultades de establecimiento de los procedimientos para la asignación y demás operaciones asociadas al registro de nombres de dominio y direcciones de Internet bajo el código de país correspondiente a España (".es").


TERCERO.- La Instrucción de 12 de diciembre de 2005 prevé, en su Disposición Cuarta, que las listas pueden ser objeto de actualización por resolución del Director General de RED.ES, mediante la cual se incluirán o se suprimirán los términos que se estime conveniente para asegurar la eficacia y el cumplimiento de dichas listas.


CUARTO.- La experiencia acumulada por la Autoridad de Asignación en sus funciones de registro de nombres de dominio bajo ".es" desde la aprobación de las listas por la Instrucción de 12 de septiembre de 2005, aconseja actualizar la relación de nombres de dominio bajo ".es" que forman parte de las mismas, añadiendo nuevos términos con el fin de cumplir los fines referidos en el párrafo anterior.


QUINTO.- En especial, es necesario otorgar carácter de reservado a los nombres de dominio de segundo nivel ".es" que, sin haber sido previamente asignados, coincidan con la denominación de aquellos parques nacionales que así hayan sido declarados como tales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales. Un listado de tales nombres de dominio se incluye como Anexo a la presente Resolución. Estos nombres de dominio únicamente podrán ser registrados por el Organismo Autónomo Parques Nacionales.


En virtud de lo expuesto,


ACUERDA


ÚNICO.- Añadir a la lista de nombres de domino de segundo nivel bajo ".es" consistentes en topónimos que coincidan con la denominación oficial de Administraciones públicas territoriales, los términos incluidos en el Anexo de la presente Resolución.

 

En Madrid, con la fecha de firma del Director General de RED.ES

 

Carlos Cano Domínguez
Director General de RED.ES

 

ANEXO

 

parquenacionalpicosdeeuropa.es
parquenacionalordesaymonteperdido.es
parquenacionalteide.es
parquenacionalcalderadetaburiente.es
parquenacionalaigüestortesiestanydesantmaurici.es
parquenacionalaiguestortesiestanydesantmaurici.es
parquenacionaldoñana.es
parquenacionaldonana.es
parquenacionaltablasdedaimiel.es
parquenacionaltimanfaya.es
parquenacionalgarajonay.es
parquenacionalarchipielagodecabrera.es
parquenacionalcabrera.es
parquenacionalsierranevada.es
parquenacionalislasatlanticasdegalicia.es
parquenacionalislasatlanticas.es
parquenacionalmonfragüe.es
redparquesnacionales.es